
Una modificación importante en la política de registros civiles en España promete generar debate dentro y fuera de sus fronteras. La decisión se enmarca en un intento por reforzar la protección de los menores y asegurar el cumplimiento de las leyes nacionales, incluso frente a resoluciones judiciales extranjeras que hasta ahora abrían una vía alternativa.
Por: Gizmodo
Un cambio que cierra puertas: nuevas reglas para registrar nacimientos
A partir del 1 de mayo, el Registro Civil español ya no admitirá la inscripción directa de bebés nacidos a través de gestación subrogada en el extranjero. Aunque hasta ahora bastaba con presentar una resolución judicial de otro país que avalara el procedimiento, esta opción quedará descartada tras la publicación de una nueva instrucción del Ministerio de Justicia en el Boletín Oficial del Estado.
El texto, al que ha accedido La Vanguardia, señala que solo serán posibles las inscripciones que cumplan con los canales legales habituales en España: filiación biológica o adopción. Esta decisión supone una reinterpretación del marco legal que busca evitar lo que el Tribunal Supremo ha definido como “cosificación del menor”.
Un giro legal en defensa del interés superior del niño
Las autoridades afirman que esta medida se alinea con el reciente fallo del Tribunal Supremo, que en diciembre de 2024 rechazó por primera vez reconocer una sentencia estadounidense sobre un contrato de gestación subrogada. Según fuentes del Ministerio de Justicia, el objetivo central es que prevalezca el interés superior del menor y evitar prácticas que puedan implicar su mercantilización.
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